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¿COMO
SABER SI PAGAMOS UN VALOR JUSTO POR EL AGUA
QUE CONSUMIMOS?
Cuando recibimos la factura del servicio de agua potable
y cloacas, los usuarios ( la gran mayoría) que
no tenemos instalado medidor de agua nos preguntamos si
el gasto de agua que tenemos asignado, y en virtud del
cual se calcula el precio de la misma, guardará
una adecuada relación con lo que efectivamente
consumimos.
Tengamos en cuenta que este consumo denominado volumen
asignado, esta calculado en función de la superficie
del lote y la superficie edificada de nuestra vivienda,
por lo cual su relación es totalmente arbitraria,
e injusta, y ocasiona que el costo del agua se asemeje
mas un impuesto sobre nuestro inmueble, que a la debida
retribución por la prestación de un servicio.
Ahora bien, un consumo de agua que podemos estimar como
razonable, es de 200 litros ( 0,20 m3) por día
y por persona que habita la vivienda, -esta cantidad es
considerada ideal por la Organización Mundial de
la Salud- por lo cual en un bimestre, el volumen consumido
por cada usuario será de 12 m3.
Debemos saber que esta estimación de volúmenes
dependerá mucho de la forma de vida, si existen
perdidas en nuestras instalaciones de agua, canillas,
depósitos de inodoros, etc., por lo cual en algunos
casos, puede suceder que al tener un consumo medido, el
consumo sea mayor al volumen asignado, y por lo tanto
debamos abonar un mayor costo por el servicio.
Es necesario destacar que cuando no tenemos medición,
no tenemos ninguna opción para reducir lo que pagamos,
lo que es a todas luces inequitativo y atenta contra nuestros
derechos básicos como consumidores, no contribuyendo
al uso racional y eficiente de un recurso fundamental
para la vida, como lo es el agua.
Ahora bien para poder comparar lo que pagamos, con lo
que deberíamos pagar si tuviéramos un consumo
medido, hemos elaborado las tablas siguientes donde se
indican los valores finales que deberíamos abonar,
teniendo en cuenta la cantidad de personas que habitan
la vivienda, si tenemos servicio de agua solamente o servicio
de agua y cloacas, y con tres hipótesis de consumo,
150, 200 y 250 litros, por habitante y por día.
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TARIFA A PAGAR
Con un consumo de 150 lts. por habitante y por
día
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CANTIDAD DE HABITANTES DE LA
VIVIENDA
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1
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2
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3
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4
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5
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AGUA
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7,34 $
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9,65 $
|
13,15 $
|
17,00 $
|
20,84 $
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AGUA Y CLOACA
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14,69 $
|
19,30 $
|
26,30 $
|
33,99 $
|
41,68 $
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TARIFA A PAGAR
Con un consumo de 200 lts. por habitante y por
día
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CANTIDAD DE HABITANTES DE LA
VIVIENDA
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1
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2
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3
|
4
|
5
|
|
AGUA
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8,11 $
|
11,87 $
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17,00 $
|
22,12 $
|
27,25 $
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AGUA Y CLOACA
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16,22 $
|
23,74 $
|
33,99 $
|
44,24 $
|
54,49 $
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TARIFA A PAGAR
Con un consumo de 250 lts. por habitante y por
día
|
CANTIDAD DE HABITANTES DE LA
VIVIENDA
|
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1
|
2
|
3
|
4
|
5
|
|
AGUA
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8,88 $
|
14,43 $
|
20,84 $
|
27,25 $
|
33,65 $
|
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AGUA Y CLOACA
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17,76 $
|
28,87 $
|
41,68 $
|
54,49 $
|
67,31 $
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En consecuencia si luego de analizar la información
presentada, nos decidimos a solicitar la colocación
de un medidor debemos seguir los siguientes pasos.
1.- Solicitamos por nota con duplicado cargado la colocación
del medidor, el cual tendrá un costo -denominado
cargo de micromedición- ue dependerá del
diámetro de la conexión, que para el caso
de una conexión normal es de 100 $ +IVA de contado,
y con una financiación de hasta seis meses, el
pago se facturará una vez colocado el medidor,
pudiendo retirar en ADELCO la nota tipo para la solicitud
del mismo. El Concesionario tendrá obligación
de efectuar la instalación requerida en un plazo
no mayor a los tres (3) meses desde la solicitud.
2.- El concesionario podrá denegar ( es lo que
sucede en la actualidad) el pedido del Usuario, y en ese
caso deberá comunicárnoslo dentro de un
plazo de sesenta (60) días corridos contados desde
su solicitud. EN ESTOS CASOS EL CONCESIONARIO DEBERA EFECTUAR
UNA REDUCCION TARIFARIA DEBIENDO A LOS FINES DE LA FACTURACIÓN
COMPUTAR A PARTIR DE LA FECHA DE COMUNICACIÓN DE
LA DENEGATORIA UN VOLUMEN DE AGUA POTABLE A FACTURAR EQUIVALENTE
AL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL VOLUMEN ASIGNADO (QA)
QUE LE HUBIERE CORRESPONDIDO A NUESTRO INMUEBLE. EN NINGÚN
CASO ESTE VOLUMEN PODRÁ SER SUPERIOR A LOS TREINTA
METROS CÚBICOS (30 M3) BIMESTRALES.
3.-En caso de incumplimiento del plazo de instalación
ante señalado, el Concesionario perderá
el derecho al cobro del Cargo de Micro medición,
los 100 $ + iVA indicados en el punto 1 es, y deberá
computar a partir del vencimiento del mismo, un volumen
reducido según lo indicado en el punto 2.
Es muy importante que los usuarios en caso de optar por
un consumo medido presentemos la solicitud por escrito,(es
obligación del concesionario recibirla) y que cualquier
respuesta sea en los mismos términos, y que cualquier
explicación verbal que recibamos quede ratificada
por escrito, recordemos que las palabras las lleva el
viento.
Si una vez hecha la presentación en el termino
de sesenta días no recibimos respuesta o se nos
manifiesta una posible demora, o una denegación
de la solicitud, debemos solicitar por escrito la reducción
tarifaria a la que tenemos derecho.
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