Correo del Navegante
Diarios y Revistas
Radios en Vivo
Foros de Opinión
Horóscopo
Deje su Denuncia
Barrasbravas
ESPECIALES
y SERVICIOS


 


 


 


 


 


 





 

 

 

 

 

 

 




















  ADELCO Filial Santa Fe
  

¿COMO SABER SI PAGAMOS UN VALOR JUSTO POR EL AGUA QUE CONSUMIMOS?

Cuando recibimos la factura del servicio de agua potable y cloacas, los usuarios ( la gran mayoría) que no tenemos instalado medidor de agua nos preguntamos si el gasto de agua que tenemos asignado, y en virtud del cual se calcula el precio de la misma, guardará una adecuada relación con lo que efectivamente consumimos.

Tengamos en cuenta que este consumo denominado volumen asignado, esta calculado en función de la superficie del lote y la superficie edificada de nuestra vivienda, por lo cual su relación es totalmente arbitraria, e injusta, y ocasiona que el costo del agua se asemeje mas un impuesto sobre nuestro inmueble, que a la debida retribución por la prestación de un servicio.

Ahora bien, un consumo de agua que podemos estimar como razonable, es de 200 litros ( 0,20 m3) por día y por persona que habita la vivienda, -esta cantidad es considerada ideal por la Organización Mundial de la Salud- por lo cual en un bimestre, el volumen consumido por cada usuario será de 12 m3.

Debemos saber que esta estimación de volúmenes dependerá mucho de la forma de vida, si existen perdidas en nuestras instalaciones de agua, canillas, depósitos de inodoros, etc., por lo cual en algunos casos, puede suceder que al tener un consumo medido, el consumo sea mayor al volumen asignado, y por lo tanto debamos abonar un mayor costo por el servicio.

Es necesario destacar que cuando no tenemos medición, no tenemos ninguna opción para reducir lo que pagamos, lo que es a todas luces inequitativo y atenta contra nuestros derechos básicos como consumidores, no contribuyendo al uso racional y eficiente de un recurso fundamental para la vida, como lo es el agua.

Ahora bien para poder comparar lo que pagamos, con lo que deberíamos pagar si tuviéramos un consumo medido, hemos elaborado las tablas siguientes donde se indican los valores finales que deberíamos abonar, teniendo en cuenta la cantidad de personas que habitan la vivienda, si tenemos servicio de agua solamente o servicio de agua y cloacas, y con tres hipótesis de consumo, 150, 200 y 250 litros, por habitante y por día.

TARIFA A PAGAR
Con un consumo de 150 lts. por habitante  y por día

CANTIDAD DE HABITANTES DE LA VIVIENDA

1

2

3

4

5

AGUA

7,34 $

9,65 $

13,15 $

17,00 $

20,84 $

AGUA Y CLOACA

14,69 $

19,30 $

26,30 $

33,99 $

41,68 $

TARIFA A PAGAR
Con un consumo de 200 lts. por habitante  y por día

CANTIDAD DE HABITANTES DE LA VIVIENDA

1

2

3

4

5

AGUA

8,11 $

11,87 $

17,00 $

22,12 $

27,25 $

AGUA Y CLOACA

16,22 $

23,74 $

33,99 $

44,24 $

54,49 $


TARIFA A PAGAR
Con un consumo de 250 lts. por habitante  y por día

CANTIDAD DE HABITANTES DE LA VIVIENDA

1

2

3

4

5

AGUA

8,88 $

14,43 $

20,84 $

27,25 $

33,65 $

AGUA Y CLOACA

17,76 $

28,87 $

41,68 $

54,49 $

67,31 $

En consecuencia si luego de analizar la información presentada, nos decidimos a solicitar la colocación de un medidor debemos seguir los siguientes pasos.
1.- Solicitamos por nota con duplicado cargado la colocación del medidor, el cual tendrá un costo -denominado cargo de micromedición- ue dependerá del diámetro de la conexión, que para el caso de una conexión normal es de 100 $ +IVA de contado, y con una financiación de hasta seis meses, el pago se facturará una vez colocado el medidor, pudiendo retirar en ADELCO la nota tipo para la solicitud del mismo. El Concesionario tendrá obligación de efectuar la instalación requerida en un plazo no mayor a los tres (3) meses desde la solicitud.

2.- El concesionario podrá denegar ( es lo que sucede en la actualidad) el pedido del Usuario, y en ese caso deberá comunicárnoslo dentro de un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde su solicitud. EN ESTOS CASOS EL CONCESIONARIO DEBERA EFECTUAR UNA REDUCCION TARIFARIA DEBIENDO A LOS FINES DE LA FACTURACIÓN COMPUTAR A PARTIR DE LA FECHA DE COMUNICACIÓN DE LA DENEGATORIA UN VOLUMEN DE AGUA POTABLE A FACTURAR EQUIVALENTE AL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL VOLUMEN ASIGNADO (QA) QUE LE HUBIERE CORRESPONDIDO A NUESTRO INMUEBLE. EN NINGÚN CASO ESTE VOLUMEN PODRÁ SER SUPERIOR A LOS TREINTA METROS CÚBICOS (30 M3) BIMESTRALES.

3.-En caso de incumplimiento del plazo de instalación ante señalado, el Concesionario perderá el derecho al cobro del Cargo de Micro medición, los 100 $ + iVA indicados en el punto 1 es, y deberá computar a partir del vencimiento del mismo, un volumen reducido según lo indicado en el punto 2.
Es muy importante que los usuarios en caso de optar por un consumo medido presentemos la solicitud por escrito,(es obligación del concesionario recibirla) y que cualquier respuesta sea en los mismos términos, y que cualquier explicación verbal que recibamos quede ratificada por escrito, recordemos que las palabras las lleva el viento.
Si una vez hecha la presentación en el termino de sesenta días no recibimos respuesta o se nos manifiesta una posible demora, o una denegación de la solicitud, debemos solicitar por escrito la reducción tarifaria a la que tenemos derecho.

 



    SECCIONES
 » INICIO
 »
LEY 24240
 »
QUIEN ES CONSUMIDOR
 »

CUALES SON NUESTROS DERECHOS
 »

COMO NOS PODEMOS DEFENDER?
 »
DONDE RECLAMAR
 »

QUIEN NOS PUEDE ASESORAR
 »

QUE RESULTADOS PUEDEN OBTENERSE
 » NOTAS DE INTERES
 » ENVIENOS SU RECLAMO
 »


COMO SABER SI PAGAMOS UN VALOR JUSTO POR EL AGUA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


© 2002 SIEMPRE TARDE. TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS
TODA LA INFORMACION CONTENIDA EN EL SITIO ES COPYRIGHT DE SIEMPRETARDE.COM. PROHIBIDA SU COPIA Y/O
REPRODUCCION SIN PREVIA AUTORIZACION
DISEÑO Y DESARROLLO [FACUNDO PAGANI @ PIN.DEV.WEB]